Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Brozas. (BOP-2024-397)
BOP-2024-397 Padrones Fiscales.
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TERCERO.- Establecer un plazo de dos meses naturales, contados a partir de la fecha de
publicación del Edicto, anteriormente mencionado, en el Boletín Oficial de la Provincia, para la
recaudación en el período voluntario, trascurrido el cual se exaccionarán las deudas por el
procedimiento de apremio, intereses de demora, de conformidad con la Ley General Tributaria
y la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CUARTO.- Establecer como domicilio de cobro las oficinas municipales de este Ayuntamiento,
sitas en la Plaza Príncipe de Asturias, número 1, todos los días hábiles, en horario de nueve
treinta de la mañana a catorce horas de la tarde, pudiendo los contribuyentes domiciliar el pago
de las cuotas en cualquier entidad bancaria.
Brozas, 19 de diciembre de 2023
Milagrosa Hurtado Marcos
ALCALDESA-PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-397
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de enero de 2024
N.º 0019
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