Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara. (BOP-2024-338)
BOP-2024-338 Bases por la que se regulará la provisión de un puesto de Dinamizador/a Deportivo/a.
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Una vez finalizado el proceso de selección, y determinada la puntuación final de los/as
aspirantes, el Tribunal lo hará público en el tablón de edictos de la Mancomunidad, en la Sede
Electrónica http://mancomunidadvilluercasiboresjara.sedelectronica.es/, así como en página
web www.villuercasiboresjara.es.
Aspirante cuya contratación se propone con indicación de la puntuación obtenida.
Aspirantes que quedan en bolsa de trabajo con indicación del número de orden y la
puntuación obtenida.
Seguidamente elevará dicha relación a la Sra. Presidenta, formulando la correspondiente
propuesta de contratación según lo dispuesto en el artículo 61º.8 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP). Se concederá un plazo de 3 días hábiles desde la
publicación en el mismo, a los efectos de subsanación de errores u omisiones, así como de
presentación de posibles reclamaciones de los/as interesados/as. Dentro del plazo de 3 días
hábiles desde la publicación de la relación donde conste la persona seleccionada, ésta deberá
aportar, en el Registro General de documentos de la Mancomunidad Integral, los siguientes
documentos:
Documentos originales o fotocopias compulsadas de los aportados.
Original y fotocopia del D.N.I.
Certificado en el que conste que No aparece en la Base de datos del Registro Central
de Delincuentes Sexuales.
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el/la aspirante no presentara la
documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no
podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación
10. BOLSA DE TRABAJO.
Finalizado el proceso selectivo, se constituirá una bolsa de trabajo con los/as aspirantes que,
habiendo superado el proceso de selección, no hayan obtenido plaza, a efectos de posteriores
contrataciones para cubrir temporalmente la vacante que pudiera producirse. Así, en caso de
que la persona seleccionada cause baja por cualquier motivo, la Mancomunidad podrá
contratar, a los/as aspirantes que sucesivamente, hayan obtenido las mejores puntuaciones en
el proceso selectivo. En tal caso, la Presidencia, ofertará la contratación por riguroso orden de
puntuación de la relación de candidatos/as.
La renuncia al puesto de trabajo ofertado supondrá la exclusión del/la aspirante de la lista de
espera, salvo que concurra en el/la aspirante alguna de las siguientes circunstancias:
CVE:
BOP-2024-338
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de enero de 2024
N.º 0016
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