Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabrero. (BOP-2024-293)
BOP-2024-293 Modificación de las bases por las que se regirá la cobertura de 1 plaza de peón/a de servicios múltiples, dentro del proceso extraordinario de estabilización.
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AYUNTAMIENTO DE CABRERO
personal laboral fijo para la plaza convocada en favor del/de la aspirante que haya obtenido
mayor puntuación final.
El tribunal calificador no podrá proponer un número de aspirantes superior al número de plazas
convocadas.
DECIMOPRIMERA. BOLSA DE EMPLEO.
Se constituirá una bolsa de empleo con los/as aspirantes que superen el proceso selectivo y que
no resulten contratados/as, a fin de que pueda ser utilizada para futuras contrataciones que
pudieran resultar necesarias para sustituciones o refuerzos temporales del servicio.
Los/as aspirantes serán ordenados/as en la bolsa de empleo según la puntuación final obtenida.
El/La integrante de la bolsa de empleo que obtenga un contrato causará baja en la bolsa y, una
vez finalizado el contrato, volverá a causar alta en el puesto que le corresponda según la
puntuación final obtenida.
Pasará al último lugar de la bolsa el/la aspirante que renuncie a un contrato ofertado sin causa
justificada.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento del
puesto dentro de la bolsa de empleo:
- Estar en situación de ocupado/a, prestando servicios como personal contratado, en cualquiera
de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario/a interino/a.
- Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica,
internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad
acreditada por facultativo/a que exija la lactancia natural de menores de 9 meses. La acreditación
documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar
del orden de lista en la bolsa de empleo en que se encontrara la persona afectada.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
La bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de 5 años.
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Lunes, 22 de enero de 2024
N.º 0015
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