Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabrero. (BOP-2024-292)
BOP-2024-292 Convocatoria para la adjudicación de una licencia de uso común especial del dominio público a fin de que se instale y explote una barra de bar durante el carnaval de Cabrero 2024.
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AYUNTAMIENTO DE CABRERO
m) Mantener expuesta una lista completa de todos los productos y servicios que ofrezca, con
indicación de los precios unitarios de forma permanente y en lugar visible a los/as
usuarios/as y en condiciones legibles.
n) Mantener limpia la zona ocupada por las instalaciones de la barra y los aledaños, donde
se dispensen las bebidas.
o) Instalar contenedores en la barra de tamaño adecuado para la actividad que ejerzan a fin
de que se reciclen materiales, y como mínimo de papel, vidrio y plástico, e informar al
personal de la misma de la obligación de reciclar.
VIGÉSIMA. Incumplimiento de las obligaciones por el/la autorizado/a
El incumplimiento de alguna de las obligaciones descritas en la base anterior y de los requisitos
para la licencia demanial se considerará incumplimiento grave y podrá ser sancionado con una
multa de 300,00 a 1.200,00 euros, además de la extinción anticipada de la licencia demanial,
reversión del dominio público y la obligación de que el/la autorizado/a indemnice por los daños
y perjuicios causados al Ayuntamiento de Cabrero. En el caso que el incumplimiento suponga la
no realización de las actividades objeto de la licencia demanial, ello conllevará la incautación del
canon a ingresar.
Cualquier retraso en el desmontaje, sin causa justificada, conllevará responsabilidad del/de la
autorizado/a pudiendo el Ayuntamiento de Cabrero imponer sanciones diarias de hasta 100,00
euros/día, sin perjuicio de la ejecución subsidiaria de la oportuna orden de desalojo por parte del
Ayuntamiento de Cabrero.
La imposición de este tipo de sanciones requerirá expediente administrativo previo, en el que se
garantice la audiencia al/a la interesado/a, pudiéndose utilizar en su caso la vía de apremio.
La tramitación, en su caso, de estos expedientes no eximirá al/a la autorizado/a de la obligación
de cumplir con la licencia demanial, pudiendo ser requerido/a para el cumplimiento de la
obligación objeto de la misma junto con la incoación del expediente sancionador, así como la
adopción de las medidas cautelares dirigidas a asegurar el cumplimiento de la licencia demanial
en todos sus términos.
PASEO EL CANCHAL CP 10616 TELÉFONO 927 47 81 52 CIF P-1003700-J
Cód.
Validación:
4JW2GHFJ7FXJAKJ59CPJ45AK5
Verificación:
https://cabrero.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-292
Verificable
en:
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Lunes, 22 de enero de 2024
N.º 0015
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