Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabrero. (BOP-2024-292)
BOP-2024-292 Convocatoria para la adjudicación de una licencia de uso común especial del dominio público a fin de que se instale y explote una barra de bar durante el carnaval de Cabrero 2024.
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AYUNTAMIENTO DE CABRERO
La licencia de ocupación temporal del dominio público para el para el montaje y explotación de
la barra de bar durante el carnaval de Cabrero de 2024 se concederá a riesgo y ventura del/de la
autorizado/a.
DECIMONOVENA. Obligaciones del/de la autorizado/a
Serán obligaciones del/de la autorizado/a, además de las que se derivan de las presentes bases,
las siguientes:
a) Hacer efectivo el canon establecido en la cuantía, forma y tiempo señalados en las
presentes bases.
b) Responder de la gestión llevada a cabo para la instalación y explotación de la barra así
como, en su caso, para la organización del espectáculo musical, e indemnizar los daños y
perjuicios ocasionados al Ayuntamiento de Cabrero y a particulares por las personas o
medios que de él/ella dependan, siendo necesaria la contratación de un seguro de
responsabilidad civil con una cobertura mínima de 250.000,00 euros que cubra los
posibles daños y perjuicios que se puedan ocasionar durante la vigencia de la licencia.
c) Responder de los daños que se puedan ocasionar por accidente, incendio o robo en los
materiales y efectos instalados o depositados en la zona. En ningún caso el Ayuntamiento
de Cabrero asumirá responsabilidad por ellos.
d) No se procederá a indemnizar al/a la autorizado/a por parte del Ayuntamiento de Cabrero
en el caso de que, por causa de mal tiempo o por imposibilidad, no se puedan realizar las
actividades, siendo a costa del/de la autorizado/a la suscripción de los seguros que, en su
caso, el/la mismo/a considerara oportunos.
e) Cumplir en el plazo establecido en las presentes bases la obligación de reversión al
Ayuntamiento de Cabrero del espacio cuya ocupación se autoriza, responsabilizándose de
dejarlo libre y en las mismas condiciones en que se entregó. En la instalación de la barra
y, en su caso, en el montaje de los medios materiales necesarios para el espectáculo
musical no se construirán obras de fábrica para la fijación al suelo, ni se utilizarán
elementos que no sean desmontables o que impliquen dejar sobre el suelo restos de la
instalación o montaje. No se podrán colocar sillas o mesas vinculadas a la barra, así como
acopios en el exterior de la superficie asignada a ella.
PASEO EL CANCHAL CP 10616 TELÉFONO 927 47 81 52 CIF P-1003700-J
Cód.
Validación:
4JW2GHFJ7FXJAKJ59CPJ45AK5
Verificación:
https://cabrero.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
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BOP-2024-292
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de enero de 2024
N.º 0015
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