Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigalejo. (BOP-2024-256)
BOP-2024-256 Aprobación definitiva del Reglamento SII.
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Artículo 16. Libro-Registro de las actuaciones.
1. Todas las informaciones y denuncias, así como las actuaciones llevadas a cabo por el
Responsable del Sistema Interno deberán reflejarse en un Libro-Registro que garantizará, en
todo momento, los requisitos de confidencialidad y, si correspondiera, de anonimidad previstos
en la normativa.
2. El contenido del Libro-Registro será totalmente confidencial y no podrá acceder a él ninguna
persona a excepción de quien ejerza como Responsable del Sistema de Información y el
personal directamente implicado en la gestión de este.
3. Para garantizar el acceso limitado se adoptarán medidas de responsabilidad proactiva, tales
como la limitación de perfiles y el control y registro de los accesos al sistema.
4. El contenido mínimo del Libro-Registro será el siguiente:
a) Número de registro de la información presentada.
b) Identidad de la persona informante o, en su caso, la mención de información anónima.
c) Sucinta referencia de los hechos u omisiones imputados, así como su calificación
inicial.
d) Contenido de la comparecencia, en su caso, del informante, así como del afectado.
e) Actividades de investigación que se han puesto en marcha y el resultado de éstas.
f) Referencia al informe a que se refiere el artículo 11.
g) Resolución adoptada una vez finalizadas las actuaciones.
h) Cualquier otra información que resulte de interés para la finalización del
procedimiento.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
El presente reglamento deroga cualquier otra norma municipal en vigor que se oponga o
contradiga lo dispuesto en el mismo.
DISPOSICIONES FINALES.
PRIMERA. Lo establecido en este reglamento se entiende sin perjuicio de las competencias
CVE:
BOP-2024-256
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 18 de enero de 2024
N.º 0013
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