Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2024-229)
BOP-2024-229 Aprobación definitiva expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
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2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los
siguientes términos:
Suplementos en Concepto de Ingresos
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres, en el plazo de dos
meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado.
Arroyo de la Luz, 4 de enero de 2024
Carlos Caro Domínguez
PRESIDENTE
Aplicación económica Descripción Euros
Cap. Art. Conc.
8 87 87000 Remanente de tesorería 45.000,00
TOTAL INGRESOS 45.000,00
CVE:
BOP-2024-229
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de enero de 2024
N.º 0011
Pág. 952
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los
siguientes términos:
Suplementos en Concepto de Ingresos
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres, en el plazo de dos
meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado.
Arroyo de la Luz, 4 de enero de 2024
Carlos Caro Domínguez
PRESIDENTE
Aplicación económica Descripción Euros
Cap. Art. Conc.
8 87 87000 Remanente de tesorería 45.000,00
TOTAL INGRESOS 45.000,00
CVE:
BOP-2024-229
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de enero de 2024
N.º 0011
Pág. 952