Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2024-219)
BOP-2024-219 Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as al proceso de provisión de una plaza de Auxiliar de Escuela Infantil mediante el sistema de acceso libre y a través del procedimiento de concurso, así como fecha de la reunión del Tribunal Calificador
5 páginas totales
Página
TERCERO.- Publicar el contenido íntegro de esta Resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal
(https://peraledadelamata.sedelectronica.es) y sección de empleo público de la página web del
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata
www.peraledadelamata.es
CUARTO.- En los casos en que esta resolución utiliza sustantivos de género gramatical
masculino para referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se
hace por mera economía en la expresión, y que se utilizan de forma genérica con
independencia del sexo de las personas aludidas o de los titulares de dichos cargos, con
estricta igualdad en cuanto a efectos jurídicos.
QUINTO.- Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán
interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo
órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día
siguiente a la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo
ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución
del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído
resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso
administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el
plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo
para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA). IV.
Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime
pertinente (artículo 40.2 LPAC).
CVE:
BOP-2024-219
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de enero de 2024
N.º 0011
Pág. 890