Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-178)
BOP-2024-178 Bolsa de empleo temporal de Técnicos/as en disciplina urbanística, especialidad Técnica.
21 páginas totales
Página
valoración. Se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de dichos
requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano
convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
En la fase de concurso se podrán recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en
su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la
comprobación de los méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a
aquellos que falseen o modifiquen dicha documentación aportada.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado/a.
3.3. Tasas por derechos de examen.
En esta convocatoria no se abonarán derechos de examen.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos
a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos
requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la
forma prevista en la Base Décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias se publicará la lista provisional de
admitidos/as y excluidos/as en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado
por una sola vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La lista provisional será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios y contendrá la relación nominal de aspirantes admitidos/as y exlcuidos/as
indicación de las causas de inadmisión y del plazo de subsanación de defectos de diez días que
se conceden a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen
los defectos justificando su derecho serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. de
Cáceres, en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, en las
direcciones indicadas en la base novena, una resolución elevando a definitiva la lista provisional
de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones. En
dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la fase
de oposición.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunales de selección.
5.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrá la categoría establecida en el
art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función
CVE:
BOP-2024-178
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 15 de enero de 2024
N.º 0010
Pág. 688