Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-178)
BOP-2024-178 Bolsa de empleo temporal de Técnicos/as en disciplina urbanística, especialidad Técnica.
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• En procedimientos relacionados con actuaciones ilegales, la emisión de todo tipo de
informes o dictámenes, realización visitas de inspección y asesoramiento a las órganos de
las administraciones implicadas.
• En materia de inspección urbanística, las labores de inspección, asesoramiento y emisión
de documentos técnicos.
• En relación con los instrumentos de planeamiento, instrumentos complementarios e
instrumentos de desarrollo, de los municipios en los que sus órganos de gobierno las
estimaran necesarias, la redacción de modificaciones puntuales o de ordenanzas
municipales, que estuviesen motivadas por una necesaria mejora de los procedimientos
de control de la actividad urbanística local.
SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Requisitos generales:
a) Poseer nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacional de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no
estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) Estar en posesión bien del título de Arquitecto, de Ingeniero de Caminos, Canales y
Puertos o de los estudios de Grado correspondientes, más máster habilitante; o bien de
cualquier otra titulación con competencias equivalentes para el desempeño de las
funciones exigidas en la base 1.4 anterior", verificados por el Consejo de Universidades a
través del cauce procedimental previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el
que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, teniendo presente lo
previsto en la normativa vigente o Titulaciones con competencias equivalentes para lo que será
obligatorio presentar el Suplemento Europeo al Título conforme al R.D. 22/2015 de enero.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
d) Permiso de conducir clase B.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
g) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
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BOP-2024-178
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Lunes, 15 de enero de 2024
N.º 0010
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