Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaván. (BOP-2024-170)
BOP-2024-170 Rectificación Creación de la Junta de Gobierno Local y delegaciones en la misma.
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b. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para
contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.
c. El otorgamiento de licencias y la conformidad de actos sujetos a comunicación previa, salvo
que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.
d. Las competencias como órgano de contratación respectos de los contratos de obras, de
suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos
especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10% de los recursos
ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos
los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el
importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los
recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
e. La adjudicación de concesiones sobre los bienes del Ayuntamiento y la adquisición de
bienes inmuebles y derechos sujetos a legislación patrimonial cuando su valor no supere el
10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así
como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía
indicados.
Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por esta Alcaldía como
titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de
la delegación.
TERCERO. Comunicar esta Resolución a todos los Concejales afectados para su conocimiento
y efectos.
CUARTO. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo
dispuesto por el artículo 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
QUINTO. Dar cuenta de esta Resolución al Pleno en la próxima sesión que éste celebre.
Talaván, 9 de enero de 2024
Luis Enrique Periáñez Fernández
ALCALDE/PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-170
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de enero de 2024
N.º 0009
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