Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-152)
BOP-2024-152 EXTRACTO. Bases concurso de disfraces viernes de Carnaval 2024.
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9. Fin de la vía Administrativa.
El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en
el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá impugnar en la vía
contencioso- administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta de aquel.
10. Medios de notificación o publicación.
Las presentes bases se publicarán en la Base Nacional de Subvenciones, junto a un extracto
en el B.O.P. de Cáceres. El resto de actos de desarrollo y ejecución del concurso serán
publicados en el Tablón de Edictos y en la página web municipal: www.miajadas.org.
11. Sometimiento a las Bases.
La participación en el concurso supone la aceptación íntegra de las bases que lo regulan.
Todas las incidencias no contempladas en las bases serán resueltas por el jurado calificador,
cuando éste quede constituido. La organización del premio se reserva el derecho a modificar
en cualquier momento las condiciones de la presente convocatoria, incluso su posible
cancelación antes del plazo fijado, siempre que concurra con causa justa para ello,
comprometiéndose a comunicar las nuevas bases, condiciones de la convocatoria o su
anulación definitiva.
El Ayuntamiento de Miajadas se reserva el derecho a utilizar las fotografías presentadas a
concurso, sin limitación de tiempo o lugar, en actividades sin ánimo de lucro, para
exposiciones, actos de divulgación, y en cuantos trabajos de edición ser realicen desde ellos.
Los datos personales que nos proporciona serán incorporados y tratados en un fichero del que
es responsable el Ayuntamiento de Miajadas y cuyo objeto es proceder a la gestión de la
solicitud que realiza. Es obligatorio rellenar correctamente todos los datos.
La falta o incorrección de alguno de ellos podría impedir el trámite de su solicitud. Sus datos no
serán cedidos a terceros, excepto las cesiones previstas en la ley. Conforme a la ley 3/2018, de
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CVE:
BOP-2024-152
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de enero de 2024
N.º 0009
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