Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-152)
BOP-2024-152 EXTRACTO. Bases concurso de disfraces viernes de Carnaval 2024.
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forma de disfrutar el carnaval. La concesión de las ayudas contempladas en la presente
convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia
en la asignación y utilización de los recursos públicos.
3. Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de Acreditarlos.
Podrán participar en el Concurso “Viernes de Carnaval” todas aquellas personas de 13 años o
más en Miajadas.
La “Temática” de este concurso de disfraces será consensuada en el Consejo de Festejos y se
informará con el tiempo suficiente para la elaboración de las propuestas.
Las personas interesadas presentarán el formulario de participación con anterioridad o in situ el
mismo día de la celebración del concurso. Podrán presentarse menores siempre que
acompañen la documentación requerida (Autorización del padre/madre/tutor legal, aceptando la
participación del/la menor, Anexo II), así como las bases del Concurso de Disfraces de
Carnaval en el que se adjuntará la siguiente información:
A) Datos del/la participante. Anexo I
B) Autorización en el caso de que el participante sea menor Anexo II.
4. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento.
El órgano competente para la instrucción del expediente es la Concejalía de FESTEJOS, OCIO
Y TIEMPO LIBRE, CULTURA Y JUVENTUD, EDUCACIÓN Y FORMACIÓN, UNIVERSIDAD
POPULAR, NUEVAS TECNOLOGÍAS Y ALFABETIZACIÓN TECNOLÓGICA.
Este solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las
solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 12.2
de la Ordenanza Municipal específica en materia de subvenciones en materia de festejos, ocio
y tiempo libre, cultura, juventud, educación, participación ciudadana, asociacionismo, mayores
y mujeres e igualdad de oportunidades, consumo, comercio, deportes, desarrollo local, y medio
ambiente. Ayuntamiento de Miajadas (Cáceres).
El órgano competente para resolver será el Alcalde, la normativa local no fija expresamente
cuales son los órganos competentes para el otorgamiento de subvenciones, por lo que
debemos acudir a la competencia residual del Alcalde recogida en artículo 21.1.s de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Asimismo, debemos destacar que las bases reguladoras de la convocatoria, al contrario de las
convocatorias, tiene carácter reglamentario por lo que la competencia para su aprobación
recae en el Pleno de conformidad con lo establecido en el artículo 22.2.d de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
CVE:
BOP-2024-152
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de enero de 2024
N.º 0009
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