Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-115)
BOP-2024-115 Apertura plazo presentación solicitudes reconocimiento Carrera Profesional 2023.
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2º- Añadir un último párrafo al Apartado Tercero con el siguiente tenor literal: “Para el
reconocimiento de los niveles siguientes al inicial se tendrá en cuenta el Cuerpo, Escala,
Subescala, Clase y Categoría Profesional, en el que se encuentre en el momento de la
solicitud, computándose como ejercicio profesional la continuidad en la función pública,
siempre que el tiempo de ejercicio profesional en que haya permanecido el/la interesado/a no
exista una interrupción superior a 4 meses en los contratos de trabajo”.
3º- En relación con los criterios de aplicación del sistema de Carrera Profesional Horizontal, el
punto 3.1 del Apartado Tercero, queda redactado en los siguientes términos:
“3.1 Los/as funcionarios/as de carrera y el personal laboral fijo, que hayan accedido a un
subgrupo de titulación superior por promoción interna o turno de ascenso solicitarán el
reconocimiento en el nivel que corresponda al subgrupo en el que se encuentren, teniendo
derecho a percibir en su totalidad la cuantía económica correspondiente a dicho nivel
reconocido.”
4º- En relación con los Criterios de aplicación del sistema de Carrera Profesional Horizontal se
añade el punto 3.5 al apartado tercero, quedando redactado en los siguientes términos:
“3.5 Cuando un/a empleado/a público/a que tenga reconocido un determinado nivel de Carrera
Profesional Horizontal, se incorpore a la Diputación de Cáceres y sus Organismos Autónomos
desde otra administración pública, podrá solicitar el reconocimiento de los niveles a
reconocidos en su administración de origen, siempre que los criterios aplicados en la
Administración de origen coincidan con los establecidos en el Acuerdo de Carrera Profesional
Horizontal de la Diputación de Cáceres.
Considerando que el apartado cuarto del Acuerdo establece el procedimiento para acceder a
los distintos niveles de carrera profesional y que, de conformidad con la normativa expuesta, el
sistema de carrera profesional horizontal tiene carácter voluntario, por tanto corresponde a
cada empleado público decidir su incorporación.
Por todo ello, y para posibilitar su extensión a los/las empleados/s públicos/s que hayan
cumplido los requisitos el 31 de diciembre de 2023, así como aquellos que causen baja o alta a
lo largo del ejercicio 2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, esta Presidencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas a la Presidencia del
OARGT en el art. 10 de los Estatutos del OARGT (B.O.P. de Cáceres nº 186 de 28 de
septiembre de 2020).
CVE:
BOP-2024-115
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de enero de 2024
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