Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2024-77)
BOP-2024-77 Plan de integridad y medidas Antifraude.
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9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas
que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que
estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada
competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o
administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial
en el territorio.
Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, las personas
que ejerzan tareas de gestión, seguimiento y/o control que participen en la ejecución de las
medidas del PRTR, prestarán especial atención en el cumplimiento del presente Código Ético
y de Conducta en los siguientes aspectos y fases del procedimiento de gestión de proyectos
financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión, nacional y/o
regional aplicable en la materia de que se trate, especialmente en las materias siguientes:
• Elegibilidad de los gastos.
• Contratación pública.
• Regímenes de ayuda.
• Información y publicidad.
• Medio Ambiente.
• Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento y control de los
fondos del MRR ejercerán sus funciones basándose en la transparencia, un principio que
implica claridad y veracidad en el tratamiento y difusión de cualquier información o datos que
se den a conocer, tanto interna como externamente.
Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de información, todo ello sin
comprometer, de ningún modo, la integridad de aquella información que pudiera ser
considerada sensible por razones de interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
• Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de concesión de ayudas
financiadas por los fondos del MRR.
• Durante el desarrollo de los procedimientos de contratación.
4. El cumplimiento del principio de transparencia no irá en detrimento del correcto uso que el
personal debe de hacer de aquella información considerada de carácter confidencial, como
pueden ser datos personales o información proveniente de empresas y otros organismos,
debiendo abstenerse de utilizarla en beneficio propio o de terceros, en pro de la obtención de
cualquier trato de favor o en perjuicio del interés público.
5. Existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo por parte del
personal empleado público de las funciones relacionadas con los fondos del MRR, se vea
comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política, de interés económico o
por cualquier otro motivo, con los beneficiarios de las actuaciones cofinanciadas.
Un conflicto de intereses surge cuando una o un empleado público puede tener la oportunidad
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
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Lunes, 8 de enero de 2024
N.º 0005
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