Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Sierra de Gata. (BOP-2024-71)
BOP-2024-71 Bases selección una plaza Trabajador/a Social.
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En caso de empate se dirimirá, en primer lugar, a favor de la persona con mayor puntuación en
el ejercicio tipo test, si persiste el empate por mayor puntuación en experiencia y de continuar
el empate se resolverá por sorteo.
El/la candidata/a propuesto/a deberá presentar en la Secretaría de esta Mancomunidad dentro
del plazo de 5 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del resultado final
del concurso, los documentos originales acreditativos de los requisitos que para formar parte
en la misma se exige en la convocatoria y que no se hubieran presentado con anterioridad.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no
presentara la documentación o no reuniera algunos de los requisitos exigidos, no podrá ser
contratado/a y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando formar parte en el concurso.
Dicha relación será elevada por el tribunal calificador a la Presidencia de esta Mancomunidad
con propuesta de candidato/a para la formalización del correspondiente nombramiento, que en
ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. (UNA PLAZA).
BASE SÉPTIMA.-Bolsa de Trabajo.
A propuesta del Tribunal, con el fin de atender las necesidades urgentes de incorporación de
personal que se produzcan, se procederá a constituir una lista de espera con los/as aspirantes
que no hayan superado el proceso selectivo como consecuencia del número de plazas
convocadas. La lista de espera estará formada por orden de calificación definitiva, y la inclusión
en ésta no otorgará derecho alguno, ni expectativa de contratación, ni percepción de
remuneraciones.
Las personas que integren esta lista de espera podrán ser tenidas en cuenta y llamadas, según
el orden de puntuación obtenido, en los siguientes supuestos:
a) Cuando el/la aspirante propuesta para su contratación, por la razón que fuere, no tomara
posesión dentro del plazo previsto.
b) Para cubrir otras necesidades de contratación temporal, en puestos de trabajador/a social.
Para el funcionamiento de la bolsa de trabajo, se aplicará lo establecido en el reglamento que
regula la gestión de las bolsas de trabajo en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y sus
organismos autónomos.
CVE:
BOP-2024-71
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de enero de 2024
N.º 0004
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