Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-7894)
BOP-2024-7894 Ampliación plazo ejecución del Plan Activa obras encomendadas 2021-22.
5 páginas totales
Página
subvencionable con cargo al presente plan todo aquel que se ejecute con posterioridad a dicha
fecha. La ejecución de la inversión deberá estar finalizada y recepcionada antes del 31 de
octubre de 2025.
No existe posibilidad alguna de prórroga, salvo por circunstancias de fuerza mayor en el
desarrollo de las obras, debidamente documentadas por un técnico competente en la materia.
2.- La justificación del gasto deberá tener lugar con anterioridad al 31 de diciembre de 2025, sin
perjuicio del plazo de subsanación que en su caso se conceda y que en tal caso se considerará
como plazo de justificación.
No se prevé la posibilidad de prórroga del plazo de justificación de la subvención, si bien en el
caso de que se autorice la prórroga del plazo de ejecución de la obra, se entenderá
automáticamente prorrogado el plazo de justificación hasta los dos meses siguientes al fin del
plazo de ejecución prorrogado.
Transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado la misma ante el
órgano administrativo competente, éste requerirá al beneficiario para que en el plazo
improrrogable de quince días sea presentada a los efectos previstos en estas normas. La falta
de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado llevará consigo la
exigencia del reintegro en los términos que se regulan más adelante. La presentación de la
justificación en el plazo adicional de quince días establecido en este apartado no conllevará
reintegro de la ayuda, pero no eximirá al beneficiario de las sanciones que, conforme a la Ley
General de Subvenciones, pudieran corresponder (artículo 70.3 del RGS).”
SEGUNDO.- Actualizar el contenido del apartado 13º de las instrucciones, en relación a los
plazos establecidos en materia de retraso en el plazo de ejecución del gasto y retraso en el
plazo de justificación de la ejecución de la inversión, adicionando dos años a las últimas fechas
previstas, quedando redactados los mencionados párrafos tal y como se indica a continuación,
y permaneciendo inalterable el resto del apartado:
“- Retraso en el plazo de ejecución del gasto:
Reintegros parciales: La terminación y recepción de la obra entre el 1 de noviembre y el 31 de
diciembre de 2025, conllevará la pérdida del 10 % de la aportación provincial, incrementándose
dicha pérdida en otro 10 % más de la aportación provincial por cada mes completo que se
incumpla el plazo de ejecución de la inversión.
CVE:
BOP-2024-7894
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de enero de 2024
N.º 0001
Pág. 3