Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2023-7871)
BOP-2023-7871 Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de I.V.T.M.
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No obstante, esta bonificación podrá surtir efector en el ejercicio corriente, respecto de los
vehículos que sean altas en el Impuesto como consecuencia de su matriculación, pudiéndose
aplicar directamente en la autoliquidación de alta si el sujeto pasivo acredita en ese instante
cumplir con todos los requisitos anteriormente detallados.»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Torrejoncillo, 25 de diciembre de 2023
Jesús Manuel Rodríguez Pacheco
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2023-7871
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 29 de diciembre de 2023
N.º 0246
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