Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2023-7826)
BOP-2023-7826 Aprobación definitiva presupuesto y plantilla 2024.
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Ayuntamiento de 5 horas diarias, total de 25 horas semanales. (Retribución bruta anual
al día de la fecha 20.643,84 €/año).
— El cargo de Concejal de las áreas de Obras e Infraestructuras y Servicios,
Mantenimiento de Edificios e Instalaciones, y Equipamiento, percibirá una retribución
mensual líquida de 1.200 €, en catorce pagas anuales y debiendo tener una presencia
efectiva mínima en el Ayuntamiento de 5 horas diarias, total de 25 horas semanales.
(Retribución bruta anual al día de la fecha 20.643,84 €/año).
Las cantidades establecidas en los Presupuestos Generales del Estado determinarán,
anualmente, el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las
Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los
trienios a los que en su caso tengan derecho aquellos funcionarios de carrera que se
encuentren en situación de servicios especiales, atendiendo entre otros criterios a la
naturaleza de la Corporación local y a su población según la tabla anexa al artículo 75
bis.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
INDEMNIZACIONES POR ASISTENCIA A ÓRGANOS COLEGIADOS según
acuerdo adoptado por el Pleno en extraordinaria de fecha 27 de Junio de 2.023.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 75.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, el importe de las indemnizaciones y
asignaciones a los miembros de la Corporación Municipal que no tengan reconocida
dedicación exclusiva o parcial, que constan a continuación, por los conceptos que
también se indican:
En concepto de asistencias por la concurrencia efectiva a cada una de las sesiones de
los órganos colegiados de la Corporación de los que formen parte percibirán:
 Por asistencia a las sesiones del Pleno: 20 euros.
 Por asistencia a la sesión de Comisión Especial de Cuentas: 20 euros.
 Por asistencia a la Junta de Gobierno Local: 60 euros.
En cualquier caso sólo se cuantificará una asistencia por día, con independencia del
número de sesiones o reuniones que se celebren
INDEMNIZACIONES POR ASISTENCIA POR PARTICIPACIÓN EN
TRIBUNALES DE OPOSICIÓN O CONCURSO U OTROS ÓRGANOS
ENCARGADOS DE LA SELECCIÓN DE PERSONAL y las
INDEMNIZACIONES POR DIETAS Y GASTOS DE VIAJE: Serán las fijadas en
las Bases de Ejecución del Presupuesto.
CVE:
BOP-2023-7826
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 29 de diciembre de 2023
N.º 0246
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