Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7822)
BOP-2023-7822 Creación del Consejo Provincial de Políticas Públicas y aprobación de sus Estatutos.
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Artículo 23
1. Para el normal desarrollo de sus funciones el Consejo contará con los medios materiales,
técnicos y humanos suficientes para un adecuado ejercicio de sus funciones.
2. La dotación de este personal corresponderá a la Diputación Provincial de Cáceres, en cuya
estructura orgánica quedará integrado, sin perjuicio de su dependencia funcional del propio
Consejo.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA:
Cuando alguna de las organizaciones representadas en el Consejo tuviere, de conformidad con
su respectiva normativa, alteración en cuanto a su representatividad, el Consejo adaptará la
configuración de cada uno de los grupos al nuevo estado en el plazo de 2 meses, a partir de la
acreditación de dicha circunstancia.”
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cáceres, 28 de diciembre de 2023
Álvaro Casas Avilés
SECRETARÍA GENERAL
CVE:
BOP-2023-7822
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 29 de diciembre de 2023
N.º 0246
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