Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigalejo. (BOP-2023-7791)
BOP-2023-7791 Reglamento del Espacio Colaborativo de Madrigalejo.
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El plazo de permanencia en esta "bolsa" será de un año, a contar desde la fecha de valoración,
salvo renuncia anterior, expresa y por escrito del solicitante.
En relación con las solicitudes que, siendo sus proyectos viables, no hayan sido propuestos
para la autorización de uso de espacios bien por encontrarse ocupados, bien por haber
obtenido una puntuación inferior a la de los proyectos seleccionados, se integrarán en la "bolsa
de proyectos en espera" del centro.
Esta bolsa se configurará en función de la calificación obtenida en el proceso de baremación,
reordenándose cada vez que se incluyan nuevos proyectos, en virtud de las solicitudes y
valoraciones realizadas en la convocatoria continua. El análisis de viabilidad técnica y
económica de los proyectos presentados y la puntuación otorgada tendrán una validez de un
año a contar desde la fecha de publicación de las resoluciones.
Una vez transcurrido este periodo, en el caso de producirse vacantes, y si se siguen
cumpliendo los requisitos de la presente convocatoria, el proyecto deberá volver a ser inscrito y
evaluado si el solicitante siguiera interesado/a.
Se recurrirá a la "bolsa de proyectos en espera" para cubrir las posibles vacantes, siempre
respetando el orden de prelación establecido en función de lo anteriormente descrito.
Artículo 24. Régimen sancionador.
El incumplimiento de las normas establecidas en el presente Reglamento podrán ser
constitutivas de infracción, dando lugar a la tramitación del correspondiente procedimiento .
Serán faltas leves:
Desatender las indicaciones de las personas responsables.
Ocasionar alborotos o cualquier otra acción, no prevista como grave o muy grave,
injustificada que altere o interrumpa el desarrollo de la convivencia de trabajo.
El deterioro leve de las instalaciones, mobiliario o material del Espacio Coworking.
El incumplimiento de las normas prevista en este Reglamento, que no tengan carácter
grave o muy grave.
Serán faltas graves:
La alteración de la convivencia de los distintos espacios y servicios del Espacio
Coworking.
La alteración del funcionamiento del Espacio Coworking y de los servicios que presta.
CVE:
BOP-2023-7791
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de diciembre de 2023
N.º 0245
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