Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahigal. (BOP-2023-7767)
BOP-2023-7767 Modificación Tarifa ordenanza fiscal reguladora de la Tasas de Agua, Basura, Cementerio Municipal, Mercadillo y Piscina.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Ahigal
ANUNCIO. Modificación Tarifa ordenanza fiscal reguladora de la Tasas de Agua,
Basura, Cementerio Municipal, Mercadillo y Piscina.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de fecha 23 de octubre de
2023, sobre la modificación de las tarifas de las Ordenanza fiscales reguladoras de la tasa por
Agua, Basura, Cementerio Municipal, Mercadillo y Piscina , para adecuar la recaudación al
coste de los servicios, cuyo texto íntegro de las modificaciones se hace público, quedando el
resto de los articulados en los mismos términos, para su general conocimiento y en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
1. MODIFICACIÓN TARIFA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR
SUMINISTRO DE AGUA POTABLE.
“Artículo 5.- Base Imponible y Cuota Tributaria.
La base imponible del consumo de agua estará constituida por el volumen de metros cúbicos
consumidos.
La cuota de esta tasa, según cada modalidad del servicio, queda fijada en las siguientes tarifas
(IVA excluido):
- Usos domésticos (dentro y fuera del casco urbano): son aquellos en los que el agua se utiliza
exclusivamente para atender necesidades primarias de la vida, preparación de alimentos e
higiene personal. Quedan incluidos los garajes cuando sean de uso particular y el riego de
jardines y huertos en el casco urbano para consumo propio.
Cuota fija semestral: 8,40 euros.
CONSUMOS EUROS
De 0 a 40 m³ consumidos al semestre 0,31
CVE:
BOP-2023-7767
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de diciembre de 2023
N.º 0245
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