Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2023-7750)
BOP-2023-7750 Padrones y listas cobratorias del Precio Público por la prestación del servicio de utilización del aparcamiento subterráneo.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Padrones y listas cobratorias del Precio Público por la prestación del
servicio de utilización del aparcamiento subterráneo.
NOTIFICACIÓN COLECTIVA DE LIQUIDACIONES Y ANUNCIO DE COBRANZA
Acuerdo del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata por el que se aprueban los padrones y
listas cobratorias del Precio Publico por la prestación del servicio de utilización del
aparcamiento subterráneo publico municipal situado en calle Agustín Carreño, 1, de
Navalmoral de la Mata – Periodo diciembre 2023, referidos todos ellos al ejercicio de 2023.
Aprobado por la Concejala delegada de Hacienda, el padrón y lista cobratoria del Precio
Publico por la prestación del servicio de utilización del aparcamiento subterráneo publico
municipal situado en calle Agustín Carreño, 1, de Navalmoral de la Mata – Periodo diciembre
2023, correspondiente al ejercicio 2023, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los
términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del
presente anuncio, se exponen al público en la Intervención Municipal y tablón municipal de
edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados/as
puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes,
tengan.
Contra el acto de aprobación del citado padrón y las liquidaciones contenidas en el mismo
podrá interponerse recurso previo de reposición ante el Alcalde Presidente en el plazo de un
mes a contar a partir de la fecha de publicación del Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia,
de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El plazo para hacer efectivas las cuotas individuales, en período voluntario, será de dos meses
contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los/as contribuyentes podrán efectuar los ingresos en los siguientes lugares:
- En las Entidad Colaboradora designadas a tal efecto (Banco BBVA y Banco Santander).
CVE:
BOP-2023-7750
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de diciembre de 2023
N.º 0244
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