Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-7741)
BOP-2023-7741 Proceso selectivo una plaza de Gestor/a Cultural. Personal Funcionario. Sistema oposición . Turno libre. Oferta de empleo público 2020.
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El modelo de solicitud será el 266 a disposición de las personas interesadas en el Registro y en
la página Web del Ayuntamiento.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en las que las personas
aspirantes deberán consignar nombre y apellidos, domicilio, teléfono y número del Documento
Nacional de Identidad y manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en
la base segunda de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo
señalado para la presentación de las mismas, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y se presentarán:
En el Registro General o Auxiliares de este, en horario de 09:00 a 14:00 horas.
En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres: https://sede.caceres.es
Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio
Registro Electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es
durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, cuyo anuncio deberá contener la
fecha y número del boletín o diario oficial en que se han publicado las bases. La no
presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.
Junto con la solicitud se deberá adjuntar resguardo del pago de los derechos de examen,
dentro del plazo previsto para la presentación de instancias.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán indicar
expresamente en la solicitud de participación, en su caso, las adaptaciones en tiempo y medios
necesarios para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades
específicas que tienen para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
recabará del/a candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que la
discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar. ,A tal efecto, el Tribunal de
Selección atenderá a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 111/2017, de 18 de julio y en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público
de personas con discapacidad.
CVE:
BOP-2023-7741
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de diciembre de 2023
N.º 0244
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