Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7691)
BOP-2023-7691 Bases Premio Poesía FLOR DE JARA 2024.
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SEXTA.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN.
1- El jurado calificador de las obras estará compuesto por personas de reconocido
prestigio dentro del mundo literario, siendo designado por la Excma. Diputación Provincial
de Cáceres y contará con un Secretario, nombrado de entre el personal funcionario de
esta Diputación, sin voz ni voto.
El criterio de valoración del jurado será la calidad de los trabajos presentados.
2- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres no mantendrá correspondencia con los
autores, ni ofrecerá información relativa al proceso de selección en cualquiera de sus
fases. Los ficheros, generados electrónicamente, de las obras enviadas que no resulten
ganadoras, y sus correspondiente plicas, serán eliminados de los servidores de la Excma.
Diputación Provincial una vez finalizado todo el proceso.
3.- El premio podrá ser declarado desierto por el jurado cuando se estime oportuno a
juicio de sus componentes, una vez examinada minuciosamente la calidad de las obras
presentadas.
4- El fallo del jurado será inapelable y tendrá lugar antes que finalice el primer semestre
de 2024.
5.- El ganador del premio estará obligado, antes de dictarse la propuesta de resolución, a
presentar los siguientes documentos:
a) Fotocopia del NIF del concursante o cualquier otro documento de identificación.
b) Alta a Terceros, cuyo modelo facilitará la Diputación de Cáceres.
c) Autorización/es para que el órgano gestor recabe de oficio por medios telemáticos
los certificados actualizados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de encontrarse al corriente
con las obligaciones de la Diputación Provincial de Cáceres (Autorización recogida en la
solicitud de participación del concurso) y de no ser deudores en vía ejecutiva por
reintegros de subvenciones en el ámbito de esta Diputación.
En caso de no presentar alguna de estas autorizaciones, el ganador deberá aportar los
certificados actualizados.
6.- Asimismo, los finalistas al premio podrán solicitar la expedición de un certificado que
acredite dicha condición.
SÉPTIMA.- RESOLUCIÓN.
La concesión de los premios, a propuesta del jurado, corresponde a la Presidencia de la
Corporación, sin perjuicio de las delegaciones que esta pueda efectuar. Dicha concesión
se realizará mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres.
CVE:
BOP-2023-7691
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 26 de diciembre de 2023
N.º 0243
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