Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7690)
BOP-2023-7690 Bases Premio Novela Corta 2024.
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El criterio de valoración del jurado será la calidad de los trabajos presentados.
2- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres no mantendrá correspondencia con los
autores, ni ofrecerá información relativa al proceso de selección en cualquiera de sus
fases. Los ficheros generados electrónicamente de las obras enviadas que no resulten
ganadoras y sus correspondientes plicas serán eliminados de los servidores de la Excma.
Diputación Provincial una vez finalizado todo el proceso.
3.- El premio podrá ser declarado desierto por el jurado cuando se estime oportuno a juicio
de sus componentes, una vez examinada minuciosamente la calidad de las obras
presentadas.
4.- El fallo del jurado será inapelable y tendrá lugar antes de que finalice el primer
semestre del 2024.
5.- El ganador del premio estará obligado, antes de dictarse la propuesta de resolución, a
presentar los siguientes documentos:
a) Fotocopia del NIF del concursante o cualquier otro documento de identificación.
b) Alta a Terceros, cuyo modelo facilitará la Diputación de Cáceres.
c) Autorización/es para que el órgano gestor recabe de oficio por medios telemáticos
los certificados actualizados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, así como de encontrarse al corriente con las
obligaciones de la Diputación Provincial de Cáceres (Autorización recogida en la solicitud
de participación del concurso) y de no ser deudores en vía ejecutiva por reintegros de
subvenciones en el ámbito de esta Diputación.
En caso de no presentar alguna de estas autorizaciones, el ganador deberá aportar los
certificados actualizados.
6.- Asimismo, los finalistas al premio podrán solicitar la expedición de un certificado que
acredite dicha condición.
SÉPTIMA.- RESOLUCIÓN.
La concesión de los premios, a propuesta del jurado, corresponde a la Presidencia de la
Corporación, sin perjuicio de las delegaciones que esta pueda efectuar. Dicha concesión
se realizará mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres.
OCTAVA.- CESIÓN DE DERECHOS.
El otorgamiento del premio supone que el autor de la obra galardonada cede en exclusiva
los derechos de la primera edición relativos a la obra premiada a la Diputación Provincial
de Cáceres, reservándose esta la posibilidad de traducir la obra a otros idiomas, así como
para su reproducción, emisión y difusión por la Diputación Provincial, que indicará siempre
la autoría de las mismas, sin que ello genere ninguna contraprestación dineraria. Esta
primera edición se considerará agotada una vez distribuidos todos los ejemplares o en su
caso en un plazo de un año desde la edición por la Diputación de Cáceres. En toda la
CVE:
BOP-2023-7690
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 26 de diciembre de 2023
N.º 0243
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