Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdefuentes. (BOP-2023-7678)
BOP-2023-7678 Anulación Convocatoria para provisión de puestos de trabajo de Técnico/a en Educación Infantil.
3 páginas totales
Página
Visto en consecuencia que la plaza de Técnico En Educación Infantil se encuentra incluida en
las previsiones de la Ley 20/21, de 28 de diciembre, y en cumplimiento de la misma, se aprobó
la Oferta de Empleo Público para la Estabilización de Empleo Público Temporal mediante
Resolución de la Alcaldía de fecha 23 de mayo de 2022 y publicación en el BOP de fecha 26
de mayo de 2022, que incorpora dicha plaza como consecuencia de la entrada en vigor de la
ley 20/21, de 28 de diciembre.
Visto que resulta obligatoria la incorporación de la plaza de Técnico en Educación Infantil a los
procesos de provisión específicos de estabilización de empleo temporal, no procede la
continuación del proceso de cobertura de dicha plaza mediante el proceso abierto y no
concluido con anterioridad a la entrada en vigor de la la ley 20/2021 e 28 de diciembre, como
consecuencia de causa sobrevenida al ser obligatoria la incorporación de dicha plaza a los
procesos de estabilización de empleo temporal.
Como consecuencia de todo lo anterior, RESUELVO:
PRIMERO: Anular y dejar sin efecto la convocatoria y las bases para la provisión de una plaza
de Técnico/a de Educación Infantil aprobadas mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 21
de abril de 2021 y publicadas en el BOP de la provincia de Cáceres de fecha 3 de mayo de
2021, toda vez que dicha plaza se encuentra afectada a los procesos de estabilización de
empleo temporal.
SEGUNDO: Acordar la devolución de las tasas de examen a los solicitantes que la hubieran
abonado.
TERCERO: Publicar la presente Resolución en el BOP de Cáceres y en la sede electrónica del
Ayuntamiento.
Todo lo cual se publica indicando que la presente resolución agota la vía administrativa de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de agosto, reguladora de Bases
de Régimen Local por lo que de acuerdo con dicho artículo y lo establecido en el artículo 123
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas
contra la presente resolución podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta
Alcaldía en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera estimar conveniente;
o, alternativamente, interponer recurso contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a
partir de la notificación de la presente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de
CVE:
BOP-2023-7678
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
Pág. 33233