Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2023-7669)
BOP-2023-7669 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
instalaciones y explotaciones relacionados con las
obligaciones tributarias.
e) Las coacciones a los funcionarios de la Administración tributaria.
2.- La infracción prevista en este artículo será grave.
 La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 100 euros
salvo que sea de aplicación lo dispuesto en los apartados
siguientes de este artículo.
2. Cuando la resistencia, obstrucción, excusa o negativa a
la actuación de la Administración tributaria consista en desatender
en el plazo concedido requerimientos distintos a los previstos en el
apartado siguiente, la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de:
a) 150 euros, si se ha incumplido por primera vez un requerimiento.
b)300 euros, si se ha incumplido por segunda vez el requerimiento.
c) 600 euros, si se ha incumplido por tercera vez el requerimiento.
3.- Cuando la resistencia, obstrucción, excusa o negativa a la
actuación de la Administración tributaria se refiera a la aportación o
al examen de documentos, libros, ficheros, facturas, justificantes y
asientos de contabilidad principal o auxiliar, programas, sistemas
operativos y de control o consista en el incumplimiento por personas
o entidades que realicen actividades económicas del deber de
comparecer, de facilitar la entrada o permanencia en fincas y locales
o el reconocimiento de elementos o instalaciones, o del deber de
aportar datos, informes o antecedentes con trascendencia tributaria
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la Ley
General Tributaria, la sanción consistirá en:
a) Multa pecuniaria fija de 300 euros, si no se comparece o no
se facilita la actuación administrativa o la información
exigida en el plazo concedido en el primer requerimiento
notificado al efecto.
b) Multa pecuniaria fija de 1.000 euros, si no se comparece o
no se facilita la actuación administrativa o la información
exigida en el plazo concedido en el segundo requerimiento
notificado al efecto.
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Cód.
Validación:
7H2CGRN5MFNRHQH7RMGARQYM5
Verificación:
https://salorino.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
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Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
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