Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2023-7629)
BOP-2023-7629 Bases que han de regir la convocatoria de los procesos selectivos en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación de la ley 20/2021.
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5.5. El Tribunal calificador actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad
técnica y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del
procedimiento y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos
establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
SEXTA. Sistema de Selección.
6.1. El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del/la Empleado/a Público/a y 94 y siguientes de la Ley de la Función
Pública de Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, y se realizará a través del sistema de
concurso de méritos.
Supondrá una puntuación máxima total de 100 puntos, dividiéndose en servicios prestados y
otros méritos, de acuerdo con los baremos que figuran a continuación, que se aplicarán a
los/as aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de publicación del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en
el proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la
instancia, así como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base
Tercera 3.2.
a) Servicios prestados. (80 puntos máximo)
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera
que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o indefinido no fijo,
hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de acuerdo con el
siguiente baremo:
por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento
de Ceclavín), ocupando el puesto o puestos de trabajo, correspondiente a la plaza
objeto de la convocatoria, se otorgará 1 punto. Hasta un máximo de 80 puntos.
Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento
de Ceclavín) en plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de
titulación que el de las plazas convocadas, se otorgarán 0,45 puntos, hasta un máximo
de 80 puntos.
CVE:
BOP-2023-7629
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
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