Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-7625)
BOP-2023-7625 Plan Estratégico de Subvenciones 2024 del Instituto Municipal de Asuntos Sociales.
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ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES.
Son principios generales de este plan los siguientes:
4.1.- Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa en la convocatoria
previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad
en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa, de
conformidad con lo establecido al respecto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en las Bases de Ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres y
demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas, en los
términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
4.2.- Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este principio se materializa
en la determinación de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios, al objeto de la plena
satisfacción del interés general.
4.3.- Principio de objetividad: La concesión de subvenciones se realizará conforme a criterios
objetivos, previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento
previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.
4.4.- Principios de eficacia y eficiencia: Eficacia en el cumplimiento de los objetivos marcados y
eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y
cualitativamente.
4.5.- Principio de estabilidad y de regla de gasto: La concesión de subvenciones se ajustará al
principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
4.6.- Principio de control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a
los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.
ARTÍCULO 5. LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN
Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico son las
siguientes:
CVE:
BOP-2023-7625
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
Pág. 32752
Son principios generales de este plan los siguientes:
4.1.- Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa en la convocatoria
previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad
en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa, de
conformidad con lo establecido al respecto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en las Bases de Ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres y
demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas, en los
términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
4.2.- Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este principio se materializa
en la determinación de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios, al objeto de la plena
satisfacción del interés general.
4.3.- Principio de objetividad: La concesión de subvenciones se realizará conforme a criterios
objetivos, previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento
previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.
4.4.- Principios de eficacia y eficiencia: Eficacia en el cumplimiento de los objetivos marcados y
eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y
cualitativamente.
4.5.- Principio de estabilidad y de regla de gasto: La concesión de subvenciones se ajustará al
principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
4.6.- Principio de control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a
los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.
ARTÍCULO 5. LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN
Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico son las
siguientes:
CVE:
BOP-2023-7625
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
Pág. 32752