Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-7597)
BOP-2023-7597 Bases convocatoria de pruebas selectivas, para cobertura en propiedad de una plaza de Auxiliar de Administración General, mediante el sistema de concurso oposición, turno de Promoción Interna.
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Derechos de Examen; Nombre, Apellidos, DNI y la convocatoria y/o plaza por la que se opta.
Deberá acompañarse a la instancia de solicitud de participación en el proceso selectivo una
copia del documento justificativo del abono de los derechos de examen dentro del plazo para la
presentación de instancias. En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago
de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud
de participación.
Será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen en el
plazo previsto para la presentación de instancias, y estos sólo serán devueltos en el caso de no
ser admitidos/as al concurso oposición libre previa solicitud por el/la interesado/a y previa
entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terceros”.
No será procedente la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión en
las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
Beneficios fiscales:
Las personas aspirantes podrán acogerse a las exenciones y bonificaciones fiscales, que
seguidamente serán señalados, debiendo en estos casos acompañar a su solicitud, además
del documento justificativo del pago de los derechos de examen, la documentación acreditativa
de la situación que le permite acogerse a los mismos, siendo causa de exclusión del proceso
selectivo, el no abonar los derechos de examen en el plazo previsto para la presentación de
instancias o hacerlo en cuantía reducida sin aportar la documentación exigida.
Exenciones fiscales.
Estarán exentos/as de abonar derechos de examen:
Las personas que tengan reconocida por la Administración Pública competente un
grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 (La discapacidad se acredita con
certificación expedida por el IMSERSO u órgano competente de las Comunidades
Autónomas).
Los/as aspirantes que pertenezcan a una unidad familiar cuyos ingresos totales sean
iguales o inferiores a 1,2304 veces la cuantía del Indicador Público de Renta con
Efectos Múltiples –IPREM- referido a 14 mensualidades. (Para acogerse a esta
exención la persona solicitante deberá acompañar una DECLARACIÓN
RESPONSABLE, utilizando el modelo que se encuentra en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Cáceres, https://sede.caceres.es, en el apartado “tramitación”, y para
CVE:
BOP-2023-7597
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de diciembre de 2023
N.º 0241
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