Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-7588)
BOP-2023-7588 Convenio de encomienda de gestión del servicio de ciclo completo del agua suscrito con el Ayuntamiento de Herrera de Alcántara.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE CICLO COMPLETO DEL AGUA
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
OCTAVA. - Régimen económico-financiero de la encomienda de gestión.
El AYUNTAMIENTO reconoce al Consorcio MásMedio, como Entidad local
supramunicipal, la capacidad para establecer, exigir y recaudar los fondos
necesarios para la gestión del citado servicio público encomendado mediante las
correspondientes Ordenanzas reguladoras de las tasas, contribuciones especiales
y/o precios públicos, a los usuarios y beneficiarios del servicio, con sometimiento al
principio de equivalencia (que iguala la recaudación con los costes del servicio que
se presta). La potestad reglamentaria se ejercerá conforme a lo previsto en sus
respectivas normas de creación y en los términos establecidos al amparo de lo
dispuesto en el artículo 152 de la TRLHL.
A tal fin, el Consorcio MásMedio, dentro del ámbito territorial sobre el que
ejerce sus competencias, establecerá y exigirá a los usuarios y beneficiarios de los
servicios encomendados las tasas, precios públicos y/o tarifas vigentes en cada
momento, así como los recargos y las penalidades que reglamentariamente se
establecen en las ordenanzas fiscales y los reglamentos reguladores de
organización y funcionamiento del servicio encomendado.
A tal efecto, el AYUNTAMIENTO asume el compromiso de suprimir las tasas,
precios públicos o precios intervenidos relacionados con el servicio objeto de la
encomienda, y derogar las Ordenanzas Municipales que los regulan, de modo que
dichas derogaciones coincidan con la entrada en vigor y aplicación para el
municipio de la Ordenanza Fiscal que oportunamente se establezca y de la tarifa
que contemple, con el fin de evitar la duplicidad o que se produzca un vacío
normativo.
Estas tasas y/o tarifas, junto con las subvenciones institucionales y
cualesquiera otros ingresos que legalmente pudiera percibir el Consorcio
MásMedio deberán ser suficientes para cubrir los gastos de funcionamiento del
servicio.
La obligación de contribuir nacerá desde el momento en que se inicie la
prestación del servicio. A tal efecto, se considera que comienza la obligación de
contribuir cuando esté establecido y en funcionamiento el servicio encomendado,
previa emisión del Acta de comprobación del servicio.
CVE:
BOP-2023-7588
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de diciembre de 2023
N.º 0241
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