Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes. (BOP-2023-7581)
BOP-2023-7581 Aprobación definitiva Modificación Ordenanzas.
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Artículo 5º.- Cuota Tributaria.
La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija por unidad de local, que se determinará según
la siguiente tarifa:
Epígrafe primero: Por cada vivienda habitada o habitable, al año: 98,94 €.
Epígrafe segundo: Camping, restaurantes, hoteles, tiendas de muebles, autoservicios,
bancos, complejos de alojamientos rurales, al año: 299,96 €.
Epígrafe tercero: Tiendas, carnicerías, farmacias, librerías, panaderías, al año: 179,52 €.
Epígrafe cuarto: Bares, al año: 135,73 €.
Epígrafe quinto: Despachos de profesionales (gestoría), y demás no expresamente
tarifados, al año: 201,42 €
Epígrafe sexto: Talleres mecánicos, carpinterías metálicas y de madera, fábricas
cárnicas y cooperativas, al año: 179,52 €.
Lo que se pone en conocimiento del público en cumplimiento de los artículos 17, 18 y 19 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a los efectos de que por los interesados en el
expediente se pueda interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Edicto en el boletín Oficial de la
Provincia.
Vegas de Coria, 13 de diciembre de 2023
José María Martín Iglesias
PRESIDENTE
CVE:
BOP-2023-7581
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
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