Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7564)
BOP-2023-7564 Bases de la convocatoria de cinco plazas de Administrativos/as de Administración General a través del turno de promoción interna.
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AREA DE PERSONAL, GESTION DE
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador resolver
la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las circunstancias
específicas de cada ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se
regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad y
la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación
solicitada.
6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente
alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el
Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su
personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo
y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de
manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización
de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la
identidad de los aspirantes.
SEPTIMA. Sistemas de Selección.
Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, se realizarán a través de los sistemas de concurso-oposición.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases. El proceso selectivo
será valorado con un máximo de 10 puntos:
A) Oposición (60% de la puntuación total): 6 puntos en total.
B) Concurso (40% de la puntuación total): 4 puntos en total.
7.1. Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, se realizarán a través del sistema de concurso-oposición.
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CVE:
BOP-2023-7564
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Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
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