Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7561)
BOP-2023-7561 Bases de la convocatoria de cuatro plazas de Operarios/as a través del turno libre y de discapacidad.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública, en página
corporativa de Empleo Público, la relación de aspirantes presentados y las calificaciones obtenidas,
quienes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la calificación provisional, para hacer reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público la relación de aspirantes
que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
La puntuación provisional de la Fase de Concurso se hará pública por el Tribunal Calificador en
la página web de Empleo Público, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la puntuación provisional, para hacer alegaciones a esta fase de
concurso. Resueltas las alegaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público las puntuaciones definitivas
de la fase de concurso.
9.4. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación
en el Tablón Electrónico la relación de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, así como la
puntuación final alcanzada. Simultáneamente se publicarán en la página Web Empleo Público la
relación de aprobados con indicación de las puntuaciones parciales de todas y cada una de las fases
del proceso selectivo.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos del
Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración,
estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá
ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró al Tribunal.
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el
nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de
la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por
circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal
relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento
como funcionarios de carrera.
9.6. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que lo hubieran superado disponen de
un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en la convocatoria que
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BOP-2023-7561
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Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
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