Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7561)
BOP-2023-7561 Bases de la convocatoria de cuatro plazas de Operarios/as a través del turno libre y de discapacidad.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán valorados
con la consiguiente reducción.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, la permanencia en situación de servicios especiales se
valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a los efectos de este
baremo.
No se podrán valorar servicios simultáneos.
En el caso de que este hecho suceda, se valorarán los servicios que más beneficien a los/as
interesados/as.
C. Formación: Máximo de 1,2 puntos.
-C-1.- Cuestiones comunes a la valoración de esta fase del concurso.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del Tribunal,
esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría
profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto
Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración pública o por organizaciones
sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de
las Administraciones Públicas (IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas),
Universidades y colegios profesionales.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. La valoración por horas se realizará
mediante la suma del total de ellas de los distintos cursos y estableciendo la equivalencia a créditos
para ser valorados conforme a éstos.No obstante cuando la duración de las actividades formativas
venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de
proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
Asimismo, no se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías.
Se acreditará tal mérito, bien, mediante:
 Copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que convocó e impartió
dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del curso, y número de créditos y/o
horas asignados, o mediante
 Copia del diploma en el que conste, además de la información anterior el logotipo de la Comisión
de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase que está acogido al Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2023-7561
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
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