Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7559)
BOP-2023-7559 Bases de la convocatoria de siete plazas de Técnicos/as de Gestión de Administración General.
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AREA DE PERSONAL, GESTION DE
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
tén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
En este supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el documento que acredite
las condiciones que se alegan.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de presen-
tación de solicitudes, la titulación universitaria de Grado, Diplomado Universitario o titulación uni-
versitaria equivalente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, verificado por el Consejo de Universidades a través del cauce procedi-
mental previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la orde-
nación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres primeros cur-
sos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Ar-
quitecto o Ingeniero o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, conforme a lo dispuesto en la
disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre. En el caso de titulacio-
nes obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homolo-
gación, equivalencia o convalidación en su caso
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia, y los aspirantes con titulaciones no universitarias
obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B.
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BOP-2023-7559
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Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
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