Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7556)
BOP-2023-7556 Bases de la convocatoria de ocho plazas de Administrativos/as.
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AREA DE PERSONAL, GESTION DE
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
13.2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos
aspectos no previstos en estas bases.
13.3. Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley 7/1985,
de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18
de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y
los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento
General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado; y demás normas concordantes de general aplicación.
DECIMOCUARTA.-Recursos.
El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo cabe interponer, en el
plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Cáceres o, con carácter potestativo, en los términos
comprendidos en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, recurso de reposición ante esta
Presidencia, en el plazo de un mes; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que se
estime oportuno.
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CVE:
BOP-2023-7556
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Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
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