Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7556)
BOP-2023-7556 Bases de la convocatoria de ocho plazas de Administrativos/as.
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AREA DE PERSONAL, GESTION DE
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró al
Tribunal
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el
nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de
la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por
circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes,
antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal
relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento
como funcionarios de carrera.
9.6. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que lo hubieran superado disponen de
un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en la convocatoria que
cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados funcionarios de carrera mediante Resolución del
órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con indicación
del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo previsto
en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas
con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas
favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación
directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los aspirantes de
nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
DECIMA.- Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la propuesta de nombramiento de los aspirantes, éstos aportarán los documentos que a
continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges,
o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión
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BOP-2023-7556
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Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
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