Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7555)
BOP-2023-7555 Bases de la convocatoria de una plaza en Técnico/a en Cooperación Internacional para el desarrollo.
30 páginas totales
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AREA DE PERSONAL, GESTION DE
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de presen-
tación de solicitudes, alguna de las titulaciones de grado siguientes: derecho, sociología, relacio-
nes internacionales, educación social o trabajo social; de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, verificado por el Consejo de Universidades a través
del cauce procedimental previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se
establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres primeros cur-
sos completos de los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado o el primer
ciclo correspondiente a dichos estudios, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera
del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación, equivalencia o convalida-
ción en su caso
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia, y los aspirantes con titulaciones no universitarias
obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B.
2.2. Cumplimiento de requisitos de participación.
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BOP-2023-7555
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Miércoles, 20 de diciembre de 2023
N.º 0240
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