Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-7516)
BOP-2023-7516 Convenio de encomienda de gestión del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales suscrito con el Ayuntamiento de Cedillo.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO SANEAMIENTO EN ALTA Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
privados, reconociéndola como entidad supramunicipal para administrar la encomienda de
gestión del servicio encomendado.
El Consorcio MásMedio podrá prestar el servicio encomendado mediante la utilización de sus
propios medios técnicos o por cualesquiera de las formas previstas en la legislación vigente,
incluidas las contempladas en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público
por la que se transponen al Ordenamiento Jurídico Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo, en adelante LCSP.
CUARTA. – Asunción y ejercicio por el Consorcio MásMedio de los servicios encomendados.
Las condiciones del servicio a prestar por el Consorcio MásMedio son las siguientes:
a) Gestionar los servicios de saneamiento en “alta” y depuración de aguas
residuales, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Servicio
aprobado por el Consorcio MásMedio, aplicando los principios de la Directiva
Marco del Agua de “recuperación de costes” y “quien contamina paga”.
b) Realizar actuaciones tendentes a procurar el equilibrio entre costes e ingresos
revertiendo los eventuales superávit que se produzcan en el servicio prestado,
en proporción a los abonados de servicio de cada una de las entidades locales
adheridas para su inversión en el servicio.
c) Ejercer las potestades inherentes a los servicios públicos objeto del presente
Convenio, comprendiendo el estudio de las necesidades para la mejora continua
de los mismos.
d) El Consorcio MásMedio, se subrogará en las obligaciones municipales en lo
concerniente al pago de los Costes del Servicio, bien cambiando la titularidad
de los contratos o articulando un modelo que garantice los pagos a terceros,
desde el inicio de la prestación efectiva del servicio en la entidad local por el
Consorcio MásMedio. La entidad local será responsable de las deudas existentes
a hasta esa fecha por lo que el Consorcio MásMedio, no tendrá responsabilidad
alguna sobre las mismas.
e) El Consorcio MásMedio, se responsabilizará desde la fecha en que se proceda a
la prestación efectiva del servicio encomendado al pago de todos los costes
asociados a la gestión del servicio, entre los que cabe destacar: costes de energía
electricidad, cánones de vertido de las Administraciones Hidráulicas
Competentes, costes del personal operativo y técnico para la gestión del
servicio, costes de operación y mantenimiento asociados a las instalaciones de
saneamiento en alta y depuración de agua residuales, etc. La Entidad Local será
responsable de las deudas existentes hasta la fecha en que el Consorcio
MásMedio inicie la presentación del servicio, sin que puedan subrogarse
ninguna obligación derivada de las mismas al Consorcio.
CVE:
BOP-2023-7516
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de diciembre de 2023
N.º 0239
Pág. 31952
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO SANEAMIENTO EN ALTA Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
privados, reconociéndola como entidad supramunicipal para administrar la encomienda de
gestión del servicio encomendado.
El Consorcio MásMedio podrá prestar el servicio encomendado mediante la utilización de sus
propios medios técnicos o por cualesquiera de las formas previstas en la legislación vigente,
incluidas las contempladas en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público
por la que se transponen al Ordenamiento Jurídico Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo, en adelante LCSP.
CUARTA. – Asunción y ejercicio por el Consorcio MásMedio de los servicios encomendados.
Las condiciones del servicio a prestar por el Consorcio MásMedio son las siguientes:
a) Gestionar los servicios de saneamiento en “alta” y depuración de aguas
residuales, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Servicio
aprobado por el Consorcio MásMedio, aplicando los principios de la Directiva
Marco del Agua de “recuperación de costes” y “quien contamina paga”.
b) Realizar actuaciones tendentes a procurar el equilibrio entre costes e ingresos
revertiendo los eventuales superávit que se produzcan en el servicio prestado,
en proporción a los abonados de servicio de cada una de las entidades locales
adheridas para su inversión en el servicio.
c) Ejercer las potestades inherentes a los servicios públicos objeto del presente
Convenio, comprendiendo el estudio de las necesidades para la mejora continua
de los mismos.
d) El Consorcio MásMedio, se subrogará en las obligaciones municipales en lo
concerniente al pago de los Costes del Servicio, bien cambiando la titularidad
de los contratos o articulando un modelo que garantice los pagos a terceros,
desde el inicio de la prestación efectiva del servicio en la entidad local por el
Consorcio MásMedio. La entidad local será responsable de las deudas existentes
a hasta esa fecha por lo que el Consorcio MásMedio, no tendrá responsabilidad
alguna sobre las mismas.
e) El Consorcio MásMedio, se responsabilizará desde la fecha en que se proceda a
la prestación efectiva del servicio encomendado al pago de todos los costes
asociados a la gestión del servicio, entre los que cabe destacar: costes de energía
electricidad, cánones de vertido de las Administraciones Hidráulicas
Competentes, costes del personal operativo y técnico para la gestión del
servicio, costes de operación y mantenimiento asociados a las instalaciones de
saneamiento en alta y depuración de agua residuales, etc. La Entidad Local será
responsable de las deudas existentes hasta la fecha en que el Consorcio
MásMedio inicie la presentación del servicio, sin que puedan subrogarse
ninguna obligación derivada de las mismas al Consorcio.
CVE:
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Pág. 31952