Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7511)
BOP-2023-7511 Plan de Formación 2024.
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ANEXO II: NORMAS DE PARTICIPACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN DE LA
DIPUTACIÓN DE CÁCERES.
PERSONAS DESTINATARIAS DEL PLAN
El Plan de formación está dirigido a todas las personas pertenecientes a la Diputación
Provincial, sus organismos autónomos y las entidades locales de la provincia de
Cáceres y podrán solicitar participar en las actividades formativas incluidas en el Plan
de Formación que se publica, los empleados públicos pertenecientes a estas
entidades que cumplan con los requisitos que se definen en las presentes normas.
- El personal solicitante deberá hallarse en situación de servicio activo o bien en
excedencia por cuidados familiares. La baja por incapacidad temporal impide la
participación en acciones formativas, por lo que deberá renunciar por el procedimiento
que se indique.
- El personal podrá participar en cursos de formación durante los permisos por parto,
adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidados de
familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público. Los requisitos de participación deben cumplirse
al inicio de la acción formativa y mantenerse durante su desarrollo.
CONVOCATORIAS
El desarrollo del plan se realizará a través de la convocatoria de acciones formativas
que se dictará mediante resolución y publicándose en la página web del Plan y/o en el
BOP.
La convocatoria podrá dictar normas particulares a la misma, atendiendo a su propia
naturaleza.
En la convocatoria se establecerá el número máximo de solicitudes que se podrán
presentar, los plazos de solicitud y la formar de establecer la prioridad de participación.
SOLICITUDES
Las solicitudes tendrán carácter voluntario y se realizarán mediante los procedimientos
que se indiquen en las distintas resoluciones de convocatorias dictadas al efecto.
La solicitud de participación supone la aceptación de las presentes normas de
organización y desarrollo y de las específicas que se establezcan en las distintas
acciones
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La selección del alumnado será realizada por el Departamento de Formación según
los siguientes criterios generales:
- Vinculación entre competencias que se pueden adquirir a través de la acción
formativa y las necesidades del puesto desempeñado.
- Equilibrio de organismos e instituciones.
- Interés objetivo de la organización administrativa en la participación del solicitante en
el curso.
CVE:
BOP-2023-7511
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de diciembre de 2023
N.º 0239
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