Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2023-7504)
BOP-2023-7504 Bases para la provisión de una plaza de Dinamizador/a Turístico/a en centros de interpretación mediante el sistema de oposición libre.
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Ayuntamiento de Hervás
Quién no presentase la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, salvo causas
de fuerza mayor, no se contratará y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia
solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso la alcaldesa-Presidente formalizará
el contrato a favor del/la aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de
la oposición, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la
referida anulación.
3.º Contratación. Presentada la documentación y siendo esta conforme, se formalizará
el contrato de trabajo. Quien sin causa justificada, no se incorporase a su puesto de
trabajo, en el plazo marcado en el contrato, quedarán en situación de cesante, con pérdida
de todos los derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el
artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se
entenderá que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras
administraciones públicas, en el que viniera desempeñando.
Igualmente, el seleccionado estará sujeto a las restantes disposiciones de la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre.
DÉCIMA. CONSTITUCIÓN DE LISTA DE ESPERA.
Concluido el proceso selectivo, con los aspirantes declarados aptos/as y que no hayan
tenido cabida en el número de puestos a contratar, se formulará una lista de espera o
bolsa de trabajo.
Esta lista de espera podrá emplearse para posteriores contrataciones laborales, por
duración determinada, para cubrir puestos de trabajo de similares características al que es
objeto de esta convocatoria. Se excluirán de esta bolsa las contrataciones que requieran
de otros sistemas selectivos. En todo caso, la permanencia en esta lista no generará ningún
derecho de contratación.
Los aspirantes estarán ordenados, en la lista de espera o bolsa de trabajo, conforme a los
siguientes criterios:
En caso de empate el Tribunal seleccionará al/la aspirante que mayor puntuación haya
obtenido en el ejercicio segundo de la oposición, si se mantiene el empate se recurrirá a
un sorteo público.
Para las contrataciones que puedan generarse se respetará, rigurosamente, el orden de
prelación de la lista de espera.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá la exclusión de la lista de espera,
salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias: Baja por maternidad o situación
asimilada, enfermedad, ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la
asistencia al trabajo, prestar servicio como interino o laboral temporal para esta
Mancomunidad.
UNDÉCIMA. PROTECCIÓN DE DATOS.
CVE:
BOP-2023-7504
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Lunes, 18 de diciembre de 2023
N.º 0238
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