Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2023-7494)
BOP-2023-7494 Aprobación definitiva expediente de Modificación de Créditos n.º 5/2023.
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Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados
a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del
Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en
materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de
demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, los/as interesados/as podrán interponer directamente recurso contencioso-
administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acto o
Acuerdo impugnado.
Del mismo modo, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acto o Acuerdo
impugnado.
Arroyo de la Luz, 15 de diciembre de 2023
Carlos Caro Domínguez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2023-7494
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de diciembre de 2023
N.º 0238
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