Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-7487)
BOP-2023-7487 Convenio de encomienda de gestión del servicio de ciclo completo del agua suscrito con el Ayuntamiento de Cilleros.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE CICLO COMPLETO DEL AGUA
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
En cualquier caso, el Consorcio MásMedio será indemnizado por los daños y
perjuicios sufridos como consecuencia del incumplimiento del presente convenio.
Asimismo, constituirá título suficiente y perjuicio evaluable que el Consorcio
“MÁSMEDIO” apruebe algún expediente de contratación o adjudique algún
contrato para la ejecución del presente convenio, cuando la Entidad local
suscriptora del mismo se desvincule de este. Sin embargo, si suscrito el convenio
entre el Consorcio MásMedio y la Entidad Local correspondiente e iniciada la
tramitación del expediente de contratación o adjudicado el correspondiente
contrato, el AYUNTAMIENTO suscriptor del convenio acuerda desistir o renunciar
al mismo, desvinculándose del procedimiento o contrato, este acuerdo se
entenderá como grave incumplimiento del convenio, generándose las
compensaciones que correspondan.
DECIMOCUARTA. - Causas de extinción del convenio.
El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurriren causa de resolución, conforme a lo dispuesto
en el artículo 51.2 de la LRJSP, y que se detallan a continuación:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte
de alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora
un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado
al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución
del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la
concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La
CVE:
BOP-2023-7487
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de diciembre de 2023
N.º 0238
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