Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-7483)
BOP-2023-7483 Convenio de Adhesión al Consorcio MásMedio para la Gestión de Servicios Medioambientales suscrito con el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ADHESIÓN
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
El consorcio trabajará en la búsqueda continua de métodos de optimización de la
calidad, la eficiencia y eficacia de los servicios que presta, utilizando para ello
cualesquiera de las herramientas que considere adecuadas, como las de nuevas
tecnologías, las de investigación, innovación y desarrollo o el acceso a ayudas y
subvenciones.
Artículo 4. Duración del consorcio.
En principio, el consorcio se constituye por tiempo indefinido mientras subsistan
los fines objeto de su creación, salvo imposibilidad sobrevenida o circunstancias
excepcionales que provoquen su disolución. El procedimiento de disolución del
consorcio se llevará a cabo de acuerdo con el procedimiento establecido en los
presentes estatutos.
Artículo 5. Denominación del consorcio.
La entidad pública que se constituye se denominará “Consorcio para la Gestión de
Servicios Medioambientales de la Excma. Diputación de Cáceres, Medioambiente y
Aguas Provincia de Cáceres, MásMedio”.
Artículo 6. Domicilio social.
La sede de los órganos de gobierno, dirección y administración del consorcio será
el Edificio Julián Murillo situado en la Ronda San Francisco, 3 de Cáceres,
considerándose como domicilio legal a todos los efectos. No obstante, podrán
celebrarse las sesiones en cualquiera de las entidades consorciadas o en espacios
de otra titularidad cedidos al efecto. Asimismo, el cambio de la sede del consorcio
requerirá acuerdo de la Junta General.
Artículo 7. Presupuesto y personal.
1.- El consorcio, aprobará, simultáneamente con el presupuesto anual, la plantilla
de personal y relación de puestos de trabajo, de conformidad con la normativa
vigente.
Atendiendo al objeto enunciado en el artículo 3 de estos estatutos y la fecha de
constitución del consorcio, se podrá disponer la adscripción de efectivos de las
distintas entidades consorciadas, así como del ente matriz, todo ello de acuerdo con
la normativa de aplicación.
Excepcionalmente, cuando no resulte posible contar con personal procedente de
las Administraciones participantes en el consorcio en atención a la singularidad de
las funciones a desempeñar, el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, u órganos competentes de la Administración a la que se adscriba el
CVE:
BOP-2023-7483
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de diciembre de 2023
N.º 0238
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