Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-7483)
BOP-2023-7483 Convenio de Adhesión al Consorcio MásMedio para la Gestión de Servicios Medioambientales suscrito con el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara.
27 páginas totales
Página
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ADHESIÓN
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
4.- En el caso de que cualquier entidad consorciada no efectúe el pago de su cuota
correspondiente, ni exista crédito suficiente para ello en el servicio de recaudación
provincial, dicha entidad autoriza al consorcio, en el momento de su incorporación
al mismo, a tramitar el endoso de cualquier crédito que la Junta de Extremadura o
la propia Diputación Provincial tenga que abonar a dicha entidad.
5.- Asimismo y una vez aprobado el presupuesto, las corporaciones locales
respectivas remitirán al consorcio certificación acreditativa de la consignación
correspondiente y de su afectación al consorcio.
Artículo 31. Presupuestos y gestión presupuestaria.
1.- La Junta General del consorcio aprobará el presupuesto ordinario anual, el cual
se integrará en el de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y la gestión
presupuestaria queda sometida a la normativa específica en materia de haciendas
locales y a las bases de ejecución.
2.- La Presidencia someterá a la Junta General la memoria de gestión y las cuentas
de cada ejercicio, debiendo ser elevada a la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres, así como a los entes consorciados para su conocimiento.
3.- Los fondos económicos del consorcio se custodiarán en un banco o caja de
ahorros con el que se contrate el servicio de tesorería, cuya disponibilidad se
efectuará mediante firma del Vicepresidente, del responsable del control interno y
del Tesorero, o bien funcionarios que legalmente tengan atribuida las funciones
siendo necesaria la firma de todos ellos.
4.- El régimen de presupuestación, contabilidad y control de este consorcio es el de
la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
5.- El consorcio formará parte de los presupuestos y cuenta general de la
Diputación Provincial de Cáceres, que llevará a cabo una auditoría de las cuentas
anuales del consorcio.
Artículo 32. Reinversión de beneficios.
En el caso de existir superávit presupuestario, este se destinará prioritariamente a
inversiones en infraestructuras y equipamiento de bienes, desarrollándose el
procedimiento que se establezca en las bases de ejecución.
CVE:
BOP-2023-7483
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de diciembre de 2023
N.º 0238
Pág. 31650