Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7442)
BOP-2023-7442 EXTRACTO. Bases y convocatoria de subvenciones del Plan Integra VII para los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales.
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Sección I - Administración Local
Provincia
Diputación Provincial de Cáceres
ANUNCIO. EXTRACTO. Bases y convocatoria de subvenciones del Plan Integra
VII para los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales.
BDNS(Identif.):732822
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/732822)
OBJETO. El objeto de estas normas reguladoras es establecer las premisas específicas en el
marco de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación para regular la concesión
de subvenciones públicas a través de esta convocatoria de ayudas, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 22.2.c) de la LGS, el art 21 de la OGS y en la Base 41 de las de
Ejecución del Presupuesto vigente, habiéndose previsto que esta subvención se lleve a cabo
mediante concesión directa en régimen de convocatoria abierta y tramitación anticipada, de
acuerdo con el art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por lo que la
concesión de las ayudas previstas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y
suficiente en el momento de la Resolución de concesión de las mismas.
La subvención consistirá en transferencias corrientes de la Diputación de Cáceres a las
Entidades beneficiarias, siendo subvencionables las actuaciones que se detallan en la Norma
Novena de las presentes Normas Reguladoras.
ENTIDADES DESTINATARIAS. Podrán solicitar esta subvención y, en consecuencia, ser
beneficiarias, las Entidades locales de la provincia de Cáceres de menos de 20.000 habitantes
y Entidades Locales Menores, que no se encuentren incursas en ninguna prohibición para
obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas que se contempla en el artículo
13 de la LGS y que hayan manifestado previamente su interés en participar, estando, por tanto,
dentro del listado de posibles beneficiarias que se publica junto con la convocatoria.
CVE:
BOP-2023-7442
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de diciembre de 2023
N.º 0237
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