Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2023-7377)
BOP-2023-7377 Aprobación Provisional Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización del servicio de la Escuela de Educación Infantil de Casar de Cáceres "ZARAPICO".
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Estas tarifas tipo podrán sufrir las siguientes modificaciones en función de los Ingresos Anuales
Netos de la Unidad Familiar y de acuerdo con la siguiente escala:
Inferior a 12.000 euros/brutos/año: Cuota tipo.
De 12.001 a 21.000 euros/brutos/año: incremento del 15% de la cuota tipo.
De 21.001 a 32.000 euros/brutos/año: incremento del 30% de la cuota tipo.
Superior a 32.001 euros/brutos/año: incremento del 45% de la cuota tipo.
Cuando un/a alumno/a no pueda asistir al Centro de educación Infantil por motivos justificados
y durante un largo periodo de tiempo, sólo quedará obligado al abono de la mitad de la cuota
del mes o meses en que se haya ausentado, siempre que para cada mes la ausencia sea
superior a 15 días naturales. Será requisito imprescindible, para aplicar la reducción de la
cuota, que queden debidamente acreditados los motivos de la ausencia y que tales motivos
sean considerados como suficientes por el Ayuntamiento.
En los casos en los que se autorice un cambio de horario a lo largo del mes, se abonará para
ese mes la cuota correspondiente al horario más amplio que se haya disfrutado.
Se devengará la tasa y la obligación de contribuir una vez iniciada la prestación del servicio,
que se entenderá prestado a partir de la aceptación de la solicitud de alta.
Las altas que se produzcan dentro de los primeros quince días de cada mes, supondrá el
devengo de la cuota mensual que será satisfecha dentro de los cinco días siguientes.
Las altas que se produzcan después del día quince de cada mes, supondrá el devengo de la
mitad de la cuota mensual, no liquidándose otros prorrateos menores.
Artículo 7.- Bonificaciones.
De la cuota calculada a través de la escala del artículo 5 de la presente Ordenanza se podrán
obtener las siguientes bonificaciones:
En el caso de familia numerosa los descuentos serán del 20% sobre la cuota.
En el caso de dos o más hijos matriculados, el segundo y sucesivos tendrán una
bonificación del 30%.
40% de descuento en las cuotas para los padres o tutores que acrediten su condición
de desempleados y no perciban prestación ni subsidio de ningún tipo en la fecha de
CVE:
BOP-2023-7377
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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