Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezabellosa. (BOP-2023-7375)
BOP-2023-7375 Contrato de Explotación Bar y Venta de entradas Piscina Municipal 2023-2027.
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AYUNTAMIENTO DE CABEZABELLOSA (CÁCERES)
Finalizado el contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre
la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.
Si durante el plazo de garantía se acreditase a la existencia de vicios o defectos en los
trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la
subsanación de los mismos.
19.3 Responsable del contrato
El órgano de contratación podrá designar una persona responsable del contrato.
19.4. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo
por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias
y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de
cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución
y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello
sean necesarios.
19.5 Obligaciones generales del contratista
-El contrato será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con
estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas
administrativas particulares y en el contrato.
-La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.
-El contratista, deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones
vigentes en material laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo,
fiscal y sanitaria, así como cualquier otra aplicable, debiendo tener a su cargo el
personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará,
a todos los efectos, la condición de empresario.
Especialmente el adjudicatario, será escrupuloso en el respeto a la normativa de
seguridad y salubridad en Establecimientos públicos. Asimismo, correrá de cuenta del
adjudicatario, la adopción de las medidas higiénico-sanitarias que resultaren precisas.
Asimismo, será el contratista responsable único de los incumplimientos que puedan
producirse.
-El contratista deberá ejercer por sí el contrato, sin que pueda cederlo o traspasarlo,
salvo autorización expresa de la Corporación. solo se permitirá con carácter obligatorio
para el Ayuntamiento, en caso de fallecimiento o invalidez absoluta del titular del
contrato, la transmisión por una sola vez a favor del cónyuge o hijo del titular.
-El contratista deberá mantener en buen estado los bienes utilizados, debiendo
indemnizar a la Corporación todos los daños ocasionados.
15
Cód.
Validación:
7QQ4NMYGMTE5AJNZ2XCXNQN3P
Verificación:
https://cabezabellosa.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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26
CVE:
BOP-2023-7375
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
Pág. 31287
Finalizado el contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre
la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.
Si durante el plazo de garantía se acreditase a la existencia de vicios o defectos en los
trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la
subsanación de los mismos.
19.3 Responsable del contrato
El órgano de contratación podrá designar una persona responsable del contrato.
19.4. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo
por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias
y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de
cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución
y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello
sean necesarios.
19.5 Obligaciones generales del contratista
-El contrato será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con
estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas
administrativas particulares y en el contrato.
-La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.
-El contratista, deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones
vigentes en material laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo,
fiscal y sanitaria, así como cualquier otra aplicable, debiendo tener a su cargo el
personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará,
a todos los efectos, la condición de empresario.
Especialmente el adjudicatario, será escrupuloso en el respeto a la normativa de
seguridad y salubridad en Establecimientos públicos. Asimismo, correrá de cuenta del
adjudicatario, la adopción de las medidas higiénico-sanitarias que resultaren precisas.
Asimismo, será el contratista responsable único de los incumplimientos que puedan
producirse.
-El contratista deberá ejercer por sí el contrato, sin que pueda cederlo o traspasarlo,
salvo autorización expresa de la Corporación. solo se permitirá con carácter obligatorio
para el Ayuntamiento, en caso de fallecimiento o invalidez absoluta del titular del
contrato, la transmisión por una sola vez a favor del cónyuge o hijo del titular.
-El contratista deberá mantener en buen estado los bienes utilizados, debiendo
indemnizar a la Corporación todos los daños ocasionados.
15
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